¡¡ATENCIÓN!!… ¿PRESENTASTE TU DECLARACIÓN DE IVA DEL MES DE DICIEMBRE Y SUPERASTE EL MONTO DE FACTURACION ANUAL PARA LA CONTRATACION DEL AUDITOR EXTERNO IMPOSITIVO?
Se incluye esta obligación para:
- Personas Físicas o Jurídicas que facturen mas de Gs. 9.201.143.662 (Excluido el IVA) al año.
- Personas Físicas o Jurídicas inscripta como proveedores del estado y alcanzaron una facturación de Gs 6.000.000.000 (Excluido el IVA) al año.
Si recién superaste el rango mencionado más arriba debes proceder a la CONTRATACIÓN Y COMUNICACIÓN DEL AUDITOR EXTERNO PARA EL PERIODO 2024
¡Contas con 60 días corridos desde la fecha que superaste el rango!
Esta disposición es obligatoria para todas las persona físicas o jurídicas que hasta el mes de agosto ya hayan superado el rango de facturación establecido por la Administración Tributaria, es así que el Art. 11 de la Res. Gral. 30/19 establece:
SANCIONES POR LA NO COMUNICACIÓN DEL AUDITOR EN EL PLAZO ESTABLECIDO
La comunicación fuera del plazo establecido, será sancionada conforme a lo dispuesto en la Resolución General N° 13/2019., el monto es de Gs. 100.000
Contratación de un Auditor INSCRIPTO EN LA DNIT
La firma Cáceres y Schneider S.A. cuenta con un amplio número de profesionales altamente capacitados y con una vasta experiencia en lo referente a elaboraciones de las auditorias impositivas además de estar habilitados por la entidad reguladora (Registro 356/22), adecuándonos a las características propias de los tipos de empresa brindando adicionalmente un soporte en cuando a la implementación y puesta en marcha de las mejores prácticas para un adecuado cumplimiento de las disposiciones tributarias vigentes en el país.
Fuente:
Ley 6380/19
Res Gral 30/19
Res Gral. 14/24