¿Qué regula la nueva Resolución DNIT N.° 30/2025?
Establece los requisitos y procedimientos para la habilitación, renovación y actualización en el Registro de Personas Vinculadas a la Actividad Aduanera (PVAA). Abarca importadores, despachantes, agentes, depositarios y otros operadores, con el objetivo de modernizar trámites mediante el Sistema de Gestión Tributaria Marangatu (SGTM) y el Registro Único de Contribuyentes (RUC), garantizando transparencia y eficiencia.
¿Qué se necesita para habilitarse como PVAA?
- RUC activo y al día con obligaciones tributarias.
- Datos actualizados y sin sanciones o deudas aduaneras.
- Empresas extranjeras y casos especiales: RUC en estado “Cancelado”.
- Renovación anual según calendario por terminación de RUC.
- Actualizaciones obligatorias dentro de 30 días hábiles (multa por incumplimiento).
- Documentación y garantías específicas según tipo de PVAA (detalladas en el anexo).
¿Qué dice el comunicado sobre los Despachantes de Aduanas?
Deben contar con garantía profesional vigente que cubra todo el período de habilitación. Si vence antes de la fecha final según el calendario oficial, se debe contratar una póliza adicional para cubrir el lapso faltante.
¿Qué deben hacer los Importadores con Apoderados?
Antes de solicitar la habilitación, deben actualizar en el RUC la información de “Apoderados PVAA” y del Representante Legal.
Si el representante no tiene registrada la firma en su cédula, podrá adjuntar copia firmada de la misma por única vez al presentar la solicitud.
¿Y los usuarios de Zona Franca y Turismo de Compras?
La inscripción y renovación se hacen por SGTM. La constancia vigente es obligatoria para acceder a los beneficios previstos en la normativa.
¿Cuál es el objetivo final?
Fortalecer el control aduanero, estandarizar procesos y optimizar la gestión de todos los actores del comercio exterior, integrando la información del RUC con los sistemas aduaneros para una administración más segura y eficiente.
