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El agente de retención es quien tiene la obligación de retener el impuesto en el momento en que se desarrolla actividad que lo genera.

La retención es un mecanismo de recaudo anticipado de un impuesto, como puede ser el de Renta, de IVA, de IDU, del INR, del IRP, y eso es hecho por el agente de retención para luego transferirle el dinero al Estado.

¿Quiénes son agentes de retención?

Son las personas naturales o jurídicas que la ley ha dispuesto que deben efectuar la retención en la fuente cada vez que realicen un pago.

Cada impuesto tiene sus agentes de retención, de manera que, si una persona natural es agente de retención de un impuesto, no necesariamente lo es de otro impuesto, aunque sí suele serlo.

Agentes de Retención:

  1. Los organismos de la administración central, las entidades descentralizadas, empresas públicas y de economía mixta, y entidades del sector público, incluidas las Gobernaciones y Municipalidades.
  2. Los contribuyentes inscriptos en el Registro de Exportadores.
  3. Los contribuyentes designados por la Administración Tributaria.
  4. Las empresas procesadoras o administradoras de tarjetas de crédito.
  5. Las entidades bancarias encargadas de los pagos con fondos administrados por las agencias especializadas y/u organismos internacionales que estén jurídicamente impedidas de constituirse en agentes de retención por la adquisición de bienes o contratación de servicios.
  6. Quienes paguen o acrediten retribuciones por operaciones gravadas prestadas por personas domiciliadas en el exterior, que actúen sin sucursal, agencia o establecimiento permanente en el país o cuando la casa matriz del exterior actúe directamente sin intervención de la sucursal, agencia o establecimiento permanente en el país.
  7. Los administradores y mandatarios que intermedien en el arrendamiento de inmuebles.
  8. Los titulares de la explotación de salas teatrales, canales de televisión, ondas de radiodifusión y organizadores de espectáculos públicos.
  9. Los escribanos públicos en las enajenaciones de bienes registrables realizadas en el territorio nacional por parte de personas domiciliadas o constituidas en el exterior.
  10. Los demás agentes de retención previstos en normas especiales.

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