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¿Sabías qué en Paraguay, contar con una Licencia Ambiental es obligatorio para el inicio o continuación de obras y actividades humanas?

Mediante la Ley N° 294/93 se establece la obligatoriedad de someterse al proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) por parte de los responsables de proyectos.

Siempre y cuando estos proyectos ambientales tengan como consecuencia un impacto sobre la biodiversidad, la calidad o cantidad de recursos naturales, así como su aprovechamiento.

¿Qué tipos de proyectos deben someterse a esta normativa?

Algunos de los proyectos ambientales que requieren la licencia previa a la habilitación y desarrollo son:

  1. Asentamientos humanos, como colonizaciones y urbanizaciones.
  2. Explotación agrícola, ganadera, forestal y granjera.
  3. Cualquier tipo de complejos industriales.
  4. Extracción y procesamiento de minerales sólidos y combustibles fósiles.
  5. Todo tipo de obras hidráulicas.
  6. Recolección, tratamiento y disposición final de residuos.
  7. Depósitos y sus sistemas operativos.
  8. Talleres mecánicos, de fundición y otros.
  9. Obras de construcción, desmonte y excavaciones.
  10. Producción, comercialización de sustancias peligrosas.
¿Finalizado la EIA, cuáles son los pasos a seguir?

Una vez culminado el estudio de cada Evaluación de Impacto Ambiental, se expedirá una Declaración de Impacto Ambiental otorgada bajo forma de Licencia Ambiental.

Esta Licencia Ambiental constituye el documento que permite al solicitante iniciar o proseguir la obra o actividad evaluada.

La Licencia Ambiental también es requisito para la obtención de:

  • Créditos o garantías
  • Autorizaciones de otros organismos públicos
  • Subsidios y exenciones tributarias.

Cabe destacar que la habilitación está condicionada por el cumplimiento del Plan de Gestión Ambiental (PGA).

¿Qué es un Plan de Gestión Ambiental?

Se refiere a las medidas protectoras, correctoras o de mitigación de impactos negativos previstos en el proyecto.

Debe incluir la compensaciones e indemnizaciones previstas, los métodos de vigilancia, monitoreo y control, etc.

¿Cómo se fiscaliza el proyecto?

A través de una Auditoría Ambiental generalmente luego de 2 años, donde se determina si se cumplió o no el Plan de Gestión Ambiental.

¿Qué sucede en caso de incumplimiento?

El incumplimiento podrá ser sancionado a través del Dto. N° 2598/14, con multas que oscilan entre 3.001 a 10.000 jornales y en caso de daño grave al agua, aire o suelo, puede ser elevado al rango de 10.001 a 20.000 jornales.


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