La Empresa por Acciones Simplificadas (EAS) es una alternativa práctica para quienes desean formalizar un emprendimiento de manera ágil y contar con una estructura societaria flexible.
¿Quiénes pueden constituir una EAS?
Una EAS puede ser constituida por:
- Ciudadanos paraguayos.
- Extranjeros residentes que tengan cédula de identidad paraguaya vigente.
- Una sola persona o varios accionistas.
Los extranjeros que no cuenten con cédula paraguaya deberán designar a un representante legal que tenga cédula de identidad paraguaya vigente. Este representante podrá realizar el procedimiento de constitución y las gestiones necesarias ante las instituciones correspondientes.
¿Cómo comienza el proceso?
Para iniciar la constitución de una EAS, se deben definir los principales aspectos de la empresa:
- Denominación o nombre de la empresa.
- Actividad u objeto social.
- Capital.
- Accionista o accionistas.
- Representantes legales.
Una vez definidos estos datos, se prepara y presenta la documentación necesaria mediante los mecanismos habilitados para la creación de la sociedad.
Principales ventajas de una EAS
Constitución ágil y simplificada
La EAS permite formalizar una empresa mediante un procedimiento sencillo y con menos trámites que otras estructuras societarias tradicionales.
Mayor flexibilidad societaria
Su estructura puede adaptarse a diferentes tipos de emprendimientos. También permite organizar de manera práctica la participación de los accionistas y la administración de la empresa.
Uno o más accionistas
La EAS puede ser constituida por una sola persona o por varios accionistas. Por ello, resulta adecuada tanto para emprendimientos individuales como para proyectos realizados entre varias personas.
Formalización de nuevos negocios
Esta figura permite que los emprendedores desarrollen sus actividades bajo una estructura jurídica formal, con reglas claras para su administración y funcionamiento.
Menores barreras para iniciar una empresa
Su procedimiento simplificado facilita el acceso a una estructura societaria formal sin necesidad de recurrir, desde el inicio, a modelos más complejos.
Obligaciones posteriores
Una vez finalizado el proceso de constitución, la EAS queda formalmente habilitada para iniciar sus actividades.
A partir de ese momento, deberá cumplir con las obligaciones administrativas, tributarias, contables y societarias que correspondan.
Una herramienta para acompañar el crecimiento
La creación de una EAS facilita la formalización de nuevos emprendimientos y ofrece una estructura adecuada para acompañar su crecimiento y desarrollo.
