A partir del 1 de abril de 2025, las personas jurídicas registradas como nuevos contribuyentes en el Registro Único del Contribuyente (RUC) deberán emitir exclusivamente documentos tributarios electrónicos. Así lo establece la Resolución General DNIT N° 21/24, publicada por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT).

¿Qué establece la normativa?

La disposición señala que los nuevos contribuyentes deberán utilizar los sistemas E-Kuatia o E-Kuatia’i para emitir sus facturas y otros documentos tributarios electrónicos. La única excepción es el Comprobante de Retención Virtual, que podrá seguir emitiéndose bajo su reglamentación vigente.

Asimismo, la DNIT no otorgará timbrados para documentos preimpresos o autoimpresores a las nuevas empresas, consolidando el proceso de modernización tributaria en Paraguay.

Beneficios de la Facturación Electrónica

Este cambio busca optimizar la gestión tributaria y mejorar la transparencia en las transacciones comerciales. Algunos de los beneficios incluyen:

  • Agilidad en la emisión de facturas.
  • Mayor seguridad y respaldo digital.
  • Reducción de costos en impresión y almacenamiento.
  • Facilidad en la declaración y control fiscal.

¿Cómo adaptarse al nuevo sistema?

Las empresas que inicien operaciones a partir del 1 de abril de 2025 deberán registrarse en el sistema de facturación electrónica habilitado por la DNIT y asegurarse de cumplir con los requisitos técnicos establecidos en la normativa.

Este cambio representa un paso firme hacia la digitalización tributaria, brindando eficiencia y seguridad tanto a los contribuyentes como a la administración fiscal.

Fuente: Resolución General DNIT N° 21/24