A partir del 1 de abril de 2025, las personas jurídicas registradas como nuevos contribuyentes en el Registro Único del Contribuyente (RUC) deberán emitir exclusivamente documentos tributarios electrónicos. Así lo establece la Resolución General DNIT N° 21/24, publicada por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT).
¿Qué establece la normativa?
La disposición señala que los nuevos contribuyentes deberán utilizar los sistemas E-Kuatia o E-Kuatia’i para emitir sus facturas y otros documentos tributarios electrónicos. La única excepción es el Comprobante de Retención Virtual, que podrá seguir emitiéndose bajo su reglamentación vigente.
Asimismo, la DNIT no otorgará timbrados para documentos preimpresos o autoimpresores a las nuevas empresas, consolidando el proceso de modernización tributaria en Paraguay.
Beneficios de la Facturación Electrónica
Este cambio busca optimizar la gestión tributaria y mejorar la transparencia en las transacciones comerciales. Algunos de los beneficios incluyen:
- Agilidad en la emisión de facturas.
- Mayor seguridad y respaldo digital.
- Reducción de costos en impresión y almacenamiento.
- Facilidad en la declaración y control fiscal.
¿Cómo adaptarse al nuevo sistema?
Las empresas que inicien operaciones a partir del 1 de abril de 2025 deberán registrarse en el sistema de facturación electrónica habilitado por la DNIT y asegurarse de cumplir con los requisitos técnicos establecidos en la normativa.
Este cambio representa un paso firme hacia la digitalización tributaria, brindando eficiencia y seguridad tanto a los contribuyentes como a la administración fiscal.
Fuente: Resolución General DNIT N° 21/24