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Al establecer su empresa en Paraguay, es crucial comprender las instituciones donde debes inscribir una empresa en el ámbito laboral. Primeramente, el Instituto de Previsión Social (IPS) exige la inscripción obligatoria, asentado en el Art. 3 DEL DECRETO N° 8403/17. Garantizando a sus empleados acceso a seguro médico y jubilación. Comunicando así también los cambios y eventos laborales a través de los formularios específicos.

Para inscribirse en el IPS, puede visitar la oficina de Aporte Obrero Patronal más cercana, considerando los requisitos según el tipo de empresa.

Además, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) requiere que inscribir una empresa es de carácter obligatorio para todos los empleadores, asentado en el Art. 3 DEL DECRETO N° 8403/17. Este proceso se realiza en un plazo máximo de 60 días desde el inicio de la relación laboral. La inscripción en el MTESS en base a los requisitos establecidos, puede realizarse de forma remota a través de su sitio web, simplificando el proceso con la categorización de la patronal.

¿Cuál es la base del cálculo de los aportes?

La base de cálculo para los aportes se establece en función del salario mínimo legal para cada actividad, pudiendo ser mayor si el empleado percibe ingresos superiores. Los aportes, tanto del 9% empleado como del 16,5% empleador, suman el 25.5% del salario, destinados a la previsión social administrada por el IPS.

Realizar estos aportes contribuye al bienestar social en Paraguay y asegura la cobertura médica y jubilación para los empleados. Asegúrese de cumplir con estas obligaciones para mantener su empresa en conformidad con las leyes paraguayas y proporcionar un entorno laboral seguro y estable para sus empleados.

Fuentes:

portal.ips.gov.py

mtess.gov.py


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