Ley N.º 6.380/2019: oportunidad para empresas de transporte internacional

¿Estás pensando en habilitar una empresa de transporte internacional en Paraguay?

Este puede ser un momento favorable para hacerlo.

El marco fiscal vigente ofrece importantes ventajas tributarias para las empresas constituidas en Paraguay que prestan servicios de transporte o flete internacional, tanto para operaciones de exportación como de importación.

Flete internacional de exportación

Exoneración total del IRE

La Ley N.º 6.380/2019, en su artículo 25, inciso e), establece:

“Estarán exoneradas del IRE las rentas obtenidas por empresas transportadoras por los fletes internacionales destinados a la exportación de bienes”.

¿Qué significa esta disposición?

Los ingresos obtenidos por servicios de flete internacional destinados a la exportación de bienes no pagan el Impuesto a la Renta Empresarial, IRE, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Para respaldar la operación, la empresa deberá emitir y conservar la documentación oficial correspondiente al transporte internacional, como la carta de porte y otros documentos aplicables.

IVA en servicios de exportación

El servicio de transporte internacional vinculado a la exportación se encuentra exento del Impuesto al Valor Agregado, IVA, de conformidad con el artículo 100 de la Ley N.º 6.380/2019.

Por lo tanto:

  • Los ingresos provenientes del flete internacional de exportación están exonerados del IRE.
  • El servicio de transporte internacional relacionado con la exportación no está alcanzado por el IVA.
  • La empresa debe contar con la documentación internacional que respalde adecuadamente cada operación.

Flete internacional de importación

Cuando una empresa paraguaya transporta bienes para su importación

Este tratamiento se aplica cuando una empresa constituida en Paraguay presta servicios de flete internacional para trasladar productos desde el exterior hasta el país por cuenta de terceros, como importadores.

Tratamiento del IRE

Los ingresos obtenidos por estos servicios se encuentran gravados por el IRE a la tasa del 10 %, debido a que son considerados rentas de fuente paraguaya, conforme al artículo 6 de la Ley N.º 6.380/2019.

Tratamiento parcial del IVA

De acuerdo con el artículo 84 de la Ley N.º 6.380/2019 y el artículo 18 del Decreto N.º 3.107/2019, el servicio de flete internacional de importación tiene el siguiente tratamiento:

  • El 25 % del valor total del flete se encuentra gravado por el IVA a la tasa del 10 %.
  • El 75 % restante del valor del servicio está exonerado del IVA.

Este tratamiento se fundamenta en el principio de territorialidad y en el aprovechamiento parcial del servicio dentro del territorio nacional.

Otros beneficios de habilitar una empresa de transporte

La formalización de una empresa de transporte internacional también permite acceder a otros beneficios.

Acceso a regímenes simplificados

Cuando la empresa se encuentra en una etapa inicial, puede acceder a regímenes simplificados como el SIMPLE, siempre que cumpla las condiciones y los límites establecidos en la normativa vigente.

Deducción de gastos operativos

La empresa puede deducir los gastos reales relacionados con su actividad, siempre que se encuentren debidamente documentados y sean necesarios para generar la renta.

Entre estos gastos se pueden incluir:

  • Combustibles.
  • Peajes.
  • Seguros.
  • Viáticos.
  • Reparaciones y mantenimiento.
  • Otros costos operativos vinculados con el servicio de transporte.

Acceso a nuevas oportunidades comerciales

Una mayor formalidad también permite:

  • Trabajar con clientes de mayor tamaño.
  • Participar en licitaciones.
  • Acceder a alternativas de financiamiento.
  • Generar mayor confianza comercial.
  • Ampliar las posibilidades de crecimiento de la empresa.

¿Por qué formalizar una empresa de transporte?

Formalizar la actividad permite:

  • Evitar contingencias tributarias.
  • Acceder a deducciones y beneficios fiscales.
  • Operar con mayor seguridad y transparencia.
  • Mejorar la imagen profesional de la empresa.
  • Crecer comercialmente.
  • Acceder a clientes, contratos y oportunidades de mayor importancia.

¿Querés iniciar tu empresa de transporte internacional?

En Cáceres y Schneider S.A. te acompañamos durante todo el proceso de constitución, habilitación y cumplimiento tributario de tu empresa.

Nuestros servicios comprenden:

  • Constitución legal de la empresa.
  • Inscripción y alta tributaria.
  • Registro ante la DNIT.
  • Implementación de la facturación electrónica.
  • Asesoría fiscal integral.
  • Tratamiento del IVA.
  • Tratamiento del IRE.
  • Tratamiento del INR.
  • Análisis y aplicación de deducciones tributarias.