El trabajo ya sea físico, manual o intelectual, requiere un gran esfuerzo que con el tiempo provoca un desgaste en el ser humano.
El cansancio, la salud, la necesidad de atender a actividades personales, u otras razones pueden requerir que el trabajador necesite acceder a los permisos de trabajo que le corresponde por ley.
¿Cuáles son los distintos tipos de permisos de trabajo?
- Por obligaciones personales impuestas por leyes o disposiciones gubernamentales:
Para obligaciones legales se goza de 2 días por mes y 15 días por año con goce de sueldo.
- Por actividades indispensables en el ejercicio del cargo de directivos sindicales:
Para actividades sindicales no cuenta con un plazo determinado y no se percibe remuneración.
- Por matrimonio:
Se cuenta con 3 días laborales con goce de sueldo con la presentación del certificado que avale el matrimonio.
- En caso de maternidad o adopción:
Nacimiento de un hijo/a: 18 semanas sin goce de sueldo siempre y cuando la trabajadora esté inscripta en IPS.
Adopción de un niño/a menor de 6 meses: 18 semanas sin goce de sueldo siempre y cuando la trabajadora esté inscripta en IPS.
Por adopción de un niño/a mayor de meses: 12 semanas sin goce de sueldo siempre y cuando la trabajadora esté inscripta en IPS.
Observación: Para acceder al subsidio por maternidad del IPS, la futura madre debe tener como mínimo cuatro meses de aportes, y dentro de esos cuatro meses debe tener 36 días ininterrumpidos de trabajo efectivo. (Caso contrario la madre accederá solamente al reposo médico y no al subsidio).
Para más derechos de la mujer embarazada te compartimos la siguiente nota; Derechos laborales durante el embarazo.
- En caso de paternidad:
Un plazo de 2 semanas posteriores al parto, con goce de sueldo. Se debe presentar la inscripción del niño o niña y tramitación de la cédula de identidad.
- En caso de fallecimiento del cónyuge, hijos, padres, abuelos o hermanos:
Un plazo de 3 día laborales con goce de sueldo, presentando el certificado de defunción del familiar.
- En caso de búsqueda laboral por despido injustificado:
Un plazo de 2 horas diarias dentro de la jornada laboral o 1 día en la semana, a elección del trabajador, con goce de sueldo.
- En caso de exámenes de Papanicolau y Mamografía:
Se goza de 2 días laborales remunerados, presentando el documento expedido por el centro de salud, sanatorio, hospital u otro medico sanitario que certifique que los estudios correspondientes fueron realizados.
- En caso de examen para detección de cáncer de próstata y colon:
Se goza de 2 días laborales remunerados, presentando el documento expedido por el centro de salud, sanatorio, hospital u otro médico sanitario que certifique que los estudios correspondientes fueron realizados.
Fuente: Código del Trabajo.